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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil - Artículo 10

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Segundo - Del transporte aéreo
- Capítulo I - De los servicios al público de transporte aéreo
- Sección cuarta - Del servicio de transporte aéreo internacional no regular

```text
ARTÍCULO 10. El servicio de transporte aéreo internacional no regular es de personas pasajeras, carga, correo o una combinación de éstos, está sujeto a permiso, opera desde cualquier punto del territorio nacional a cualquier punto en el extranjero y desde cualquier punto en el extranjero a cualquier punto en territorio nacional, no está sujeto a rutas, itinerarios, frecuencias ni horarios fijos y la entrada o salida de los puntos en territorio nacional deben ser efectuados en aeródromos internacionales. Este servicio se clasifica en las siguientes modalidades:
Párrafo reformado DOF 31-05-2023

I.	Taxi aéreo;

II.	Fletamento;

III.	Ambulancia aérea, y

IV.	Servicios no regulares, establecidos en atención al desarrollo tecnológico, de conformidad con la norma oficial mexicana correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil, artículo 10.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
