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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil - Artículo 116

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Cuarto - De las aeronaves civiles, de la certificación de producción, de sus operaciones y de los talleres aeronáuticos
- Capítulo III - De las operaciones de vuelo

```text
ARTÍCULO 116. Antes de iniciar el vuelo, la persona comandante o piloto al mando de la aeronave debe asegurarse que:
Párrafo reformado DOF 31-05-2023

I.	La aeronave reúne las condiciones de aeronavegabilidad;

I. Bis. La aeronave cuente con certificado de matrícula y certificado de aeronavegabilidad vigentes o, en su caso, el documento que acredite la asignación de marcas de nacionalidad y matrícula;
Fracción adicionada DOF 21-01-2022

II.	La aeronave cuente con la liberación del área de mantenimiento;

III.	Los instrumentos y equipos necesarios para la operación que vaya a efectuarse estén instalados y sean suficientes para realizar el vuelo correspondiente, de acuerdo con la lista de equipo mínimo;

IV.	El peso de la aeronave y el lugar del centro de gravedad permitan realizar el vuelo con seguridad, teniendo en cuenta las condiciones de vuelo previstas;
Fracción reformada DOF 21-01-2022

V.	La carga transportada esté debidamente sujeta y distribuida;

VI.	La aeronave con cabina a presión tenga a disposición de la tripulación de vuelo, en el puesto en que desempeñen sus funciones de vuelo, una máscara del tipo de colocación rápida en condiciones de suministrar oxígeno a voluntad o a presión, cuando tenga que volar a una altitud en la cual la presión atmosférica sea inferior de 376 hectopascales o superior a 25,000 pies;

VII. 	Cada integrante de la tripulación de vuelo cuente con licencia, certificado de aptitud psicofísica y capacidades vigentes y, en su caso, tener la capacidad de hablar y comprender el idioma utilizado para las comunicaciones de radiotelefonía;
Fracción reformada DOF 21-01-2022, 31-05-2023

VIII. 	Se tenga aprobado el plan de vuelo y formulado el plan operacional de vuelo, conforme a las normas oficiales mexicanas o las disposiciones técnico-administrativas correspondientes;
Fracción reformada DOF 31-05-2023

IX.	Se especifique un aeródromo civil alterno en el plan operacional de vuelo y en el plan de vuelo cuando haya de efectuarse un vuelo por instrumentos, de acuerdo con las reglas previstas en las normas oficiales mexicanas;
Fracción reformada DOF 08-08-2000, 05-10-2000

X.	Se recabe y examine cuidadosamente toda la información meteorológica requerida y disponible según el tipo de vuelo, de acuerdo a las reglas de vuelo visual o vuelo por instrumentos, siendo responsable de cumplir estrictamente con los mínimos meteorológicos en la ruta, aeródromo de origen, destino o alterno señalados en las reglas de tránsito aéreo y en la publicación de información aeronáutica correspondiente del país o países que opere;
Fracción reformada DOF 21-01-2022

XI.	Las instalaciones y servicios terrestres o marítimos sean los adecuados para el vuelo que va a realizarse;
Fracción reformada DOF 21-01-2022

XII.	Se pueda llevar a cabo el vuelo correspondiente sin peligro, conforme a los procedimientos técnicos establecidos para la investigación de accidentes e incidentes de aviación;
Fracción adicionada DOF 21-01-2022

XIII. 	Se lleva suficiente cantidad de oxígeno respirable, para suministrar a la tripulación y a las personas pasajeras;
Fracción adicionada DOF 21-01-2022. Reformada DOF 31-05-2023

XIV. 	La tripulación de sobrecargos haya verificado que todo equipaje de mano embarcado en el avión e introducido en la cabina de personas pasajeras quede bien asegurado, y
Fracción adicionada DOF 21-01-2022. Reformada DOF 31-05-2023

XV.	La aeronave cumple con las demás condiciones de aeronavegabilidad y de seguridad que le señale la Ley, este Reglamento y otras disposiciones aplicables.
Fracción adicionada DOF 21-01-2022
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil, artículo 116.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
