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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 207"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil - Artículo 207

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título adicionado DOF 21-01-2022
- Capítulo adicionado DOF 21-01-2022. Denominación reformada DOF 31-05-2023

```text
ARTÍCULO 207. Las personas proveedoras de servicio deberán elaborar e implementar un programa de capacitación y adiestramiento en materia de seguridad operacional, el cual debe ser apropiado respecto al nivel, funciones e involucramiento del personal con la aplicación del Sistema de Gestión de la Seguridad Operacional; conforme a los lineamientos que emita la Agencia Federal de Aviación Civil, de conformidad con las normas oficiales mexicanas o, a falta de éstas, conforme a las disposiciones técnico-administrativas correspondientes.
Artículo adicionado DOF 21-01-2022. Reformado DOF 31-05-2023
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil, artículo 207.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
