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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil"
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article_label: "Artículo 51-B"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil - Artículo 51-B

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Segundo - Del transporte aéreo
- Capítulo III - Disposiciones comunes a los servicios de transporte aéreo
- Sección cuarta - De las tarifas

```text
ARTÍCULO 51-B. Los registros y aprobaciones de tarifas a que se refiere el artículo 51 de este reglamento se otorgarán por los plazos siguientes:
Párrafo reformado DOF 31-05-2023

I. 	Derogada.
Fracción derogada DOF 31-05-2023

II. 	En caso de las tarifas del servicio de transporte aéreo nacional no regular con ruta fija de pasaje y carga, nacional regular de pasaje y carga e internacional regular de pasaje y carga, tendrán una vigencia indefinida o por el plazo que solicite la persona interesada.
Fracción reformada DOF 31-05-2023
Artículo adicionado DOF 08-08-2000
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aviación Civil, artículo 51-b.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
