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# REGLAMENTO de la Ley Aduanera - Artículo 1

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - GENERALIDADES
- Capítulo I - Disposiciones Generales

```text
Artículo 1. Además de las definiciones establecidas en el artículo 2o. de la Ley Aduanera, para efectos de este Reglamento se entenderá por:

I.	Ley, la Ley Aduanera;

II.	SAT, el Servicio de Administración Tributaria;
Fracción reformada DOF 23-02-2026

III.	ANAM, la Agencia Nacional de Aduanas de México;
Fracción adicionada DOF 23-02-2026

IV.	Mandatario, mandatario aduanal o mandatario autorizado, indistintamente, es la persona física designada por un agente aduanal o agencia aduanal para promover y tramitar el despacho aduanero en representación de estos, autorizada por la Autoridad Aduanera en términos de la Ley y demás disposiciones jurídicas aplicables, teniéndose para todos los efectos jurídicos como mandatarios acreditados legalmente;
Fracción adicionada DOF 23-02-2026

V.	Consejo Aduanero, el órgano colegiado a que se refiere el artículo 159 bis de la Ley, y
Fracción adicionada DOF 23-02-2026

VI.	Sistema Electrónico Aduanero, los diferentes procesos que se llevan a cabo electrónicamente a través de la ventanilla digital mexicana de comercio exterior, el sistema automatizado aduanero integral y los demás sistemas electrónicos que la Autoridad Aduanera determine utilizar para ejercer sus facultades.
Fracción recorrida DOF 23-02-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Aduanera, artículo 1.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAdua.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
