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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Aduanera"
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# REGLAMENTO de la Ley Aduanera - Artículo 149

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - REGÍMENES ADUANEROS
- Capítulo III - Definitivos de Importación y Exportación

```text
Artículo 149.- Para efectos del artículo 103, último párrafo de la Ley, se autoriza el retorno al país sin el pago del impuesto general de importación de las Mercancías exportadas definitivamente, siempre que de haberse recibido beneficios fiscales con motivo de la exportación, se reintegren actualizados desde el día siguiente a aquél en que se efectuó la exportación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Aduanera, artículo 149.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAdua.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
