---
regulation_key: "Reg_LAdua"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Aduanera"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "190-a"
article_label: "Artículo 190-A"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LAdua"
canonical_path: "/Reg_LAdua/articulo/190-a/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Aduanera - Artículo 190-A

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - REGÍMENES ADUANEROS
- Capítulo VII - Recinto Fiscalizado Estratégico

```text
Artículo 190-A. Para obtener el registro de empresas transportistas a que se refiere el artículo 135-A, sexto párrafo, de la Ley, se deberá estar a lo establecido en el artículo 189 de este Reglamento.
Artículo adicionado DOF 23-02-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Aduanera, artículo 190-a.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAdua.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
