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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Aduanera"
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# REGLAMENTO de la Ley Aduanera - Artículo 51

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - CONTROL DE LA ADUANA EN EL DESPACHO
- Capítulo III - Depósito ante la Aduana
- Sección Primera - Disposiciones Generales

```text
Artículo 51. Para evitar el deterioro de las Mercancías que se encuentren en depósito ante la aduana, la Autoridad Aduanera podrá ordenar de oficio o autorizar, a solicitud del interesado, que se realicen maniobras para su conservación. Se cuidará que el contenido de cada bulto no sufra modificación y, en su caso, que los nuevos envases queden marcados y numerados en la misma forma que los primeros.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Aduanera, artículo 51.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAdua.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
