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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos - Artículo 68

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto De los servicios en los aeródromos civiles
- Capítulo III De la contratación

```text
Artículo 68. En caso de que la Secretaría revoque, en términos del artículo 56 de la Ley, la autorización del contrato, el prestador de servicios no podrá continuar prestándolos y deberá desocupar las instalaciones que correspondan dentro del plazo que le fije la Secretaría, el cual no podrá ser inferior a treinta días hábiles ni superior a sesenta.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos, artículo 68.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAero.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
