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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos - Artículo 82

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto De los servicios en los aeródromos civiles
- Capítulo VI De la interrupción de los servicios aeroportuarios y complementarios

```text
Artículo 82. En caso de que el concesionario o permisionario pretenda interrumpir permanentemente en forma total los servicios aeroportuarios y complementarios, deberá presentar su solicitud para los efectos del artículo 26, fracción II, de la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos, artículo 82.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAero.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
