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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos"
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# REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos - Transitorio CUARTO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

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CUARTO.- Las concesiones, permisos y autorizaciones otorgados con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, se respetarán en los términos y condiciones consignados en los documentos respectivos hasta su término. Sin embargo, la operación y explotación del servicio de que se trate deberá ajustarse a lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables. Aquellas que se hubieren otorgado por tiempo indefinido, con anterioridad a la entrada en vigor del presente Reglamento, gozarán de un término máximo de un año para ajustarse a lo dispuesto en la Ley, el presente Reglamento y demás disposiciones aplicables. Transcurrido dicho plazo quedarán sin vigencia.

Las solicitudes de concesión, permiso y autorización en trámite se ajustarán a lo previsto en el presente Reglamento.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos, artículo transitorio-cuarto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAero.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
