---
regulation_key: "Reg_LAero"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "transitorio-septimo"
article_label: "Transitorio SEPTIMO"
article_type: "transitory"
parent_law_key: "LAero"
canonical_path: "/Reg_LAero/articulo/transitorio-septimo/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos - Transitorio SEPTIMO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Transitorios

```text
SEPTIMO.- Los comités locales de seguridad aeroportuaria que a la fecha de la entrada en vigor del presente Reglamento estén constituidos continuarán sesionando, no obstante dentro de los ciento cincuenta días hábiles siguientes a la entrada en vigor de este Reglamento deberán adecuar su organización y funcionamiento al mismo.

Los concesionarios en un plazo máximo de ciento ochenta días siguientes a la entrada en vigor de este Reglamento presentarán a la Secretaría los reglamentos internos de dichos comités.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Aeropuertos, artículo transitorio-septimo.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAero.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
