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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina"
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article_label: "Artículo 14"
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# REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina - Artículo 14

## Texto del artículo

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Artículo 14.- La Unidad, en el desarrollo de sus actividades, en ningún caso podrá celebrar actos jurídicos que impliquen actos de dominio sobre la Parcela.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina, artículo 14.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAgra.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
