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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina"
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article_label: "Artículo 5"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina - Artículo 5

## Texto del artículo

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Artículo 5.- La Procuraduría Agraria, en su carácter de Institución de servicio social, otorgará la orientación, asesoría y representación a solicitud de quienes pretendan constituir una Unidad.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina, artículo 5.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAgra.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
