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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina"
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article_label: "Artículo 7"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina - Artículo 7

## Texto del artículo

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Artículo 7.- En cada ejido o comunidad, la Asamblea podrá destinar tantas Parcelas como Unidades así lo soliciten, en atención a la disponibilidad de tierras.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Agraria para Fomentar la Organización y Desarrollo de la Mujer Campesina, artículo 7.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LAgra.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
