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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles"
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article_label: "Artículo 16"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles - Artículo 16

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO PRIMERO - DISPOSICIONES GENERALES
- CAPÍTULO III - De la Investigación, Desarrollo Tecnológico, Transferencia de Tecnología y Capacitación

```text
Artículo 16. La SENER debe promover la implementación de mejores prácticas, nuevas tecnologías, Innovación y eficiencia energética en materia de Biocombustibles, para lo cual debe revisar y, en su caso, actualizar la regulación que emita en materia de Biocombustibles, al menos cada cinco años.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles, artículo 16.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LBio.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
