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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles"
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article_label: "Artículo 71"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles - Artículo 71

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES
- CAPÍTULO IV - De los Permisos que otorga la SADER

```text
Artículo 71. Corresponde a la SADER, de conformidad con la Ley, el Reglamento y las demás disposiciones que resulten aplicables, otorgar los permisos previos para la Producción de Biomasa para la Producción de Biocombustibles provenientes de cultivos como la caña de azúcar, el sorgo y otro tipo de cultivos que determine la SADER. De igual forma, corresponde a la SADER otorgar los permisos para el Aprovechamiento de residuos agropecuarios.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles, artículo 71.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LBio.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
