---
regulation_key: "Reg_LBio"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "83"
article_label: "Artículo 83"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LBio"
canonical_path: "/Reg_LBio/articulo/83/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles - Artículo 83

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LOS PERMISOS Y AUTORIZACIONES
- CAPÍTULO V - De la Modificación, Actualización, Suspensión, Revocación, Cesión, Extinción y Caducidad de los Permisos y Autorizaciones otorgados por la SENER

```text
Artículo 83. El procedimiento para la caducidad de un permiso o Autorización se inicia de oficio por la SENER cuando se actualicen alguna o algunas de las causales señaladas en el artículo 35 de la Ley, y el cual debe sujetarse a las formalidades establecidas en el artículo que antecede.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Biocombustibles, artículo 83.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LBio.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
