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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior"
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article_label: "Artículo 101"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior - Artículo 101

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO VI - PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL
- CAPITULO VIII - Revisión

```text
ARTICULO 101.- Cada año, durante el mes aniversario de la publicación en el Diario Oficial de la Federación de la resolución final de la investigación que impuso originalmente la cuota compensatoria definitiva independientemente de que la misma se haya modificado, las partes interesadas podrán pedir por escrito que la Secretaría realice una revisión.

En todo caso, el solicitante aportará la información y las pruebas pertinentes que justifiquen su petición.

Las partes interesadas tendrán la obligación de acompañar a su solicitud, debidamente contestados, los formularios que para tal efecto establezca la Secretaría.
Artículo reformado DOF 22-05-2014
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, artículo 101.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 28.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
