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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior"
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article_label: "Artículo 191"
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# REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior - Artículo 191

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO X - SISTEMA NACIONAL DE PROMOCION EXTERNA
- CAPITULO UNICO

```text
ARTICULO 191.- El Sistema Nacional de Promoción Externa tendrá los siguientes objetivos:

I. Coordinar la promoción de proyectos comerciales y de inversión que realizan las diferentes instituciones públicas y privadas del país, para lograr una mayor eficiencia en el proceso;

II. Concentrar la información de oportunidades de negocios en una red única, accesible para todos los organismos públicos y privados que realizan labores de promoción, y

III. Desarrollar un sistema de cómputo de utilización generalizada, que permita uniformar los métodos de captación de oportunidades de negocios, así como el seguimiento y evaluación de los proyectos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, artículo 191.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 28.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
