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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 206"
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# REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior - Artículo 206

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO XI - PREMIO NACIONAL DE EXPORTACION
- CAPITULO UNICO

```text
ARTICULO 206.- En la evaluación para otorgar el Premio Nacional de Exportación se considerará a las empresas e instituciones, que reúnan las siguientes características:

I. Que su actividad contribuya a un proceso sostenido de exportación en sus áreas de producción de bienes o servicios;

II. Que presenten una descripción general sobre sus sistemas y procesos para lograr la exportación, así como de los resultados cuantitativos y cualitativos que hubieren alcanzado, y que estén dispuestas a que un grupo de expertos en la materia verifique la información presentada;

III. Que estén dispuestas, si resultan premiadas, a dar a conocer en forma pública la información de los aspectos primordiales de sus sistemas, procesos y logros en materia de exportación, con el objeto de que puedan servir de ejemplo a otras empresas;

IV. Que no hayan sido sancionadas gravemente en materia fiscal o en el ámbito administrativo, en el año inmediato anterior al de la convocatoria del concurso para el otorgamiento del Premio Nacional de Exportación;

V. Que hayan efectuado una aportación relevante al conocimiento y aplicación de nuevas teorías, técnicas o procedimientos para la exportación de productos o servicios, y

VI. Que hayan contribuido con una mejoría o técnica nueva en los servicios relacionados con las exportaciones, favoreciendo su incremento o su diversificación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, artículo 206.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 28.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
