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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior"
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article_label: "Artículo 45"
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# REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior - Artículo 45

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO IV - PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL
- Capítulo reubicado DOF 22-05-2014

```text
ARTICULO 45.- Para los efectos de este Reglamento, se entenderá por:

I. Costos y gastos directos, los que son específicos al producto investigado;

II. Costos y gastos indirectos, los que son comunes a diversos productos de la empresa exportadora, incluyendo el investigado;

III. Costos y gastos fijos, aquellos en los que se incurre independientemente de que se produzca o venda, y

IV. Costos y gastos variables, los que resultan de la producción y venta.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, artículo 45.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 28.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
