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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior - Artículo 89

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TITULO VI - PROCEDIMIENTO EN MATERIA DE PRACTICAS DESLEALES DE COMERCIO INTERNACIONAL
- CAPITULO VII - Cuotas compensatorias

```text
ARTICULO 89.- Las cuotas compensatorias aplicadas a las importaciones procedentes de exportadores extranjeros que, habiéndoseles otorgado oportunidad de defensa, no hayan participado en la investigación, se fijarán conforme los márgenes de discriminación de precios de que tenga conocimiento la Secretaría.

ARTICULO 89 A.- En términos de lo dispuesto en el artículo 87 de la Ley, las cuotas compensatorias podrán establecerse en función de precios o valores de referencia. El monto de las cuotas compensatorias que así se determinen no podrá ser superior a los márgenes de discriminación de precios o al monto de la subvención calculado.
Artículo adicionado DOF 22-05-2014
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Comercio Exterior, artículo 89.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 28.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
