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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones"
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article_label: "Artículo 12"
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# REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones - Artículo 12

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO III - DE LA CONSTITUCIÓN DE CÁMARAS

```text
Artículo 12. La solicitud para constituir una nueva Cámara deberá presentarse por escrito ante la Secretaría o Confederación que corresponda, la que contendrá:

I. Lugar y fecha de su emisión;

II. Nombre, denominación o razón social del Grupo Promotor;

III. Nombre de su representante legal;

IV. Domicilio para recibir notificaciones, así como nombre de la persona o personas autorizadas para recibirlas;

V. Petición expresa de solicitar la autorización para constituir una Cámara, señalando el nombre o denominación que se proyecta, así como los municipios, delegaciones o entidades federativas que comprendería su circunscripción;

VI. Hechos o razones que den motivo a la petición;

VII. Plan estratégico que incluya la misión, visión y valores, de la Cámara que pretende constituirse, y

VIII. Firma de los adheridos al Grupo Promotor o por su representante legal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, artículo 12.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LCEC_120419.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
