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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones"
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article_label: "Artículo 13"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones - Artículo 13

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO III - DE LA CONSTITUCIÓN DE CÁMARAS

```text
Artículo 13. La solicitud señalada en el artículo anterior, deberá acompañarse de los siguientes documentos:

I. Copia certificada del acta constitutiva del Grupo Promotor, y

II. Copia certificada del instrumento expedido por fedatario público por el que se faculte al representante del Grupo Promotor a actuar en nombre de éste.

Asimismo, deberán acompañar los documentos que acrediten el cumplimiento de los requisitos previstos de manera específica en los artículos 13 o 14 de la Ley.

Para el caso de que la solicitud corresponda a una Cámara de Comercio, Servicios y Turismo adicionalmente deberán presentarse los documentos oficiales que acrediten que en la circunscripción propuesta se encuentra establecida una población superior a los doscientos mil habitantes y que existan por lo menos dos mil quinientos comerciantes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, artículo 13.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LCEC_120419.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
