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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones"
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# REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones - Artículo 22

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO IV - DE LOS ESTATUTOS

```text
Artículo 22. La Secretaría llevará a cabo el registro de los estatutos y sus modificaciones, verificando que éstos sean acordes con la Ley y el presente Reglamento, haciendo del conocimiento de la Cámara o Confederación respectiva aquellas disposiciones que quedaron registradas por ajustarse a dichos ordenamientos, así como las que se contraponen a los mismos.

Para ajustar aquellas disposiciones que fueron observadas por la Secretaría, la Cámara o Confederación respectiva, llevará a cabo una sesión de asamblea general en la que acordará lo conducente. El acta con las modificaciones correspondientes, deberá ser remitida a la Secretaría con objeto de que éstas sean analizadas y, en su caso, registradas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Cámaras Empresariales y sus Confederaciones, artículo 22.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LCEC_120419.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
