---
regulation_key: "Reg_LEMEFAGN"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "135"
article_label: "Artículo 135"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LEMEFAGN"
canonical_path: "/Reg_LEMEFAGN/articulo/135/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional - Artículo 135

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - Admisión
- CAPÍTULO VI - De los Estudiantes Militares en el Extranjero

```text
ARTÍCULO 135.- La Secretaría, de conformidad con el programa de becas selecciona a las personas militares para realizar cursos en el extranjero de conformidad con las necesidades del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, expidiendo los requisitos para cada Curso.
Artículo reformado DOF 20-03-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, artículo 135.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEMEFAGN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
