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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional"
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article_label: "Artículo 171"
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# REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional - Artículo 171

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO NOVENO - Investigación y Doctrina Militar
- CAPÍTULO ÚNICO

```text
ARTÍCULO 171.- La Dirección y Rectoría, a través de las Instituciones Educativas del Sistema, se encargará de la investigación académica, actualización y desarrollo de la doctrina militar en el Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional y propondrá a la Secretaría las modificaciones a la misma para su aprobación y difusión.
Artículo reformado DOF 20-03-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, artículo 171.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEMEFAGN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
