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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional"
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# REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional - Artículo 40

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - Sistema Educativo Militar
- CAPÍTULO V - Autoridades Educativas Militares

```text
ARTÍCULO 40.- La persona titular de la Jefatura de Curso dependiente de las Direcciones Generales y, en su caso, de otras unidades administrativas, según los cursos a impartir, deberán pertenecer a la clasificación de Generales, Jefes u Oficiales con conocimientos acordes a éstos, nombrados por dichos organismos y aprobados por la persona titular de la Secretaría.
Artículo reformado DOF 27-01-2012, 20-03-2026
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, artículo 40.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEMEFAGN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
