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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional"
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article_label: "Artículo 89"
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# REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional - Artículo 89

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - Proceso Educativo
- CAPÍTULO V - De la Planeación Educativa

```text
ARTÍCULO 89.- Los programas de apoyo educativo serán coadyuvantes con el logro de los objetivos señalados en los planes y programas de estudio y deberán elaborarse de conformidad con las disposiciones que emita la Dirección y Rectoría, siendo los siguientes:

I.	Propedéutico;

II.	Nivelación;

III.	Curso Básico de Formación Militar, y
Fracción reformada DOF 20-03-2026

IV.	Complementarios:

A.	Prácticas, visitas y estadas de estudio;

B.	Desarrollo humano;

C.	Prácticas de tiro;

D.	Ejercicios militares de aplicación;

E.	Viajes de estudio;

F.	Conferencias, simposios, paneles, talleres;

G.	De la comandancia del cuerpo o ayudantía;

H.	Cultura para la salud;

I.	Difusión cultural;

J.	Investigación;

K.	Estudio dirigido;

L.	Trabajo psicopedagógico, y

M.	Otros.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional, artículo 89.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEMEFAGN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
