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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval"
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# REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval - Artículo 3

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO I - De las Disposiciones Generales

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Artículo 3.- Los Establecimientos Educativos Navales, a través de la Rectoría de la Universidad Naval, gestionarán la expedición de títulos, diplomas y grados académicos al Discente que concluya sus estudios, de acuerdo con el nivel educativo cursado, a efecto de obtener su reconocimiento de validez oficial de estudios ante la autoridad educativa correspondiente.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval, artículo 3.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEN.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
