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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad"
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article_label: "Artículo 26"
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# REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SEGUNDO - DE LA ORGANIZACIÓN E INTEGRACIÓN DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN
- Capítulo Quinto - De los Comités

```text
Artículo 26. Las directrices generales de los comités del Consejo de Administración deben contener las normas comunes que rijan su operación y el funcionamiento de todos los comités del Consejo de Administración. Para tales efectos, dichas directrices deben contener como mínimo, lo siguiente:
I.	La forma de comunicación de las actividades relacionadas con el desarrollo de sus funciones;
II.	Las funciones de la persona titular de la presidencia;
III.	Las funciones de la persona titular de la secretaría;
IV.	Tipos de sesiones que pueden celebrar;
V.	Quórum necesario para la celebración de sus sesiones y la toma de decisiones;
VI.	Contenido de las convocatorias para la celebración de sesiones;
VII.	Generalidades sobre el desarrollo de las sesiones;
VIII.	Contenido de las actas que deben levantarse en cada sesión, y
IX.	Las disposiciones que se consideren necesarias para el adecuado funcionamiento administrativo de los comités y que permitan la continuidad de sus trabajos.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEPECFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
