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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad"
kind: reglamento
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article_label: "Artículo 76"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad - Artículo 76

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - OTRAS DISPOSICIONES
- Capítulo Primero - Evaluación de la Comisión Federal de Electricidad
- Sección Segunda - Del Informe

```text
Artículo 76. El informe de evaluación global a que se refiere el artículo 130, fracción I de la Ley, debe hacerse público por medio de las páginas de Internet de la Comisión Federal de Electricidad y de la Secretaría Anticorrupción y Buen Gobierno.
Una vez que el informe al que se refiere el párrafo anterior se entregue a la persona titular del Ejecutivo Federal y a la Cámara de Diputados en los términos de la Ley, la Comisión Federal de Electricidad puede formular los comentarios y aclaraciones que, en su caso, estime convenientes respecto a su contenido.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, artículo 76.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEPECFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
