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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad"
kind: reglamento
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article_key: "81"
article_label: "Artículo 81"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad - Artículo 81

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO QUINTO - OTRAS DISPOSICIONES
- Capítulo Segundo - De las Demás Disposiciones

```text
Artículo 81. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 15, fracción XXVII de la Ley, los lineamientos que regulen el sistema de control interno deben determinar, en su caso y con apego a las disposiciones aplicables, los niveles de riesgos financieros, legales y operativos, y deben incluir los límites de responsabilidad, que la Comisión Federal de Electricidad debe considerar para el desarrollo de sus funciones.
La Comisión Federal de Electricidad, a través de sus personas representantes, personas consejeras y personas mandatarias, en las empresas filiales, debe realizar las gestiones necesarias para que, en sus consejos de administración, se alineen las actividades con la planeación y visión estratégica de la Comisión Federal de Electricidad y propongan la adopción de mecanismos de coordinación para la implementación del sistema de control interno.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Comisión Federal de Electricidad, artículo 81.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEPECFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
