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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos"
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article_label: "Artículo 33"
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# REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos - Artículo 33

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- Capítulo Segundo - De las Remuneraciones y Austeridad

```text
Artículo 33. Para efectos de lo dispuesto en el artículo 77 de la Ley, conforme a lo establecido en los lineamientos de austeridad en el gasto y uso de recursos, la persona titular de la Dirección General de Petróleos Mexicanos debe proponer anualmente, para autorización del Consejo de Administración, programas de austeridad en el gasto y uso de recursos que contengan metas específicas, los cuales deben considerar los principios de austeridad previstos en la Ley.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, artículo 33.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEPEPM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
