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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos"
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article_label: "Artículo 44"
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# REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos - Artículo 44

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - DEL RÉGIMEN ESPECIAL
- Capítulo Tercero - De las Adquisiciones, Arrendamientos, Servicios y Obras

```text
Artículo 44. Tratándose de oferta conjunta, todos los que hayan presentado la oferta deben suscribir el escrito en que se interponga el recurso de reconsideración y para el caso de no hacerlo, debe tenerse por no interpuesto, salvo que lo presente la persona representante común que, en su caso, designen por escrito desde el inicio del procedimiento de contratación.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley de la Empresa Pública del Estado, Petróleos Mexicanos, artículo 44.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LEPEPM.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
