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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos - Artículo 37

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación
- Capítulo I - Del Consejo Nacional de Archivos

```text
Artículo 37. Para el cumplimiento de las atribuciones del Consejo Nacional de Archivos establecidas en el artículo 36 de la Ley, éste podrá celebrar convenios de colaboración con:

I.	Los poderes ejecutivo, legislativo y judicial de las entidades federativas, así como del orden municipal;

II.	Los órganos garantes en materia de transparencia y acceso a la información de las entidades federativas;

III.	Las instituciones culturales, de docencia o investigación, nacionales o internacionales;

IV.	Las instituciones u organizaciones nacionales o internacionales dedicadas a la preservación de Archivos;

V.	Los Archivos de las universidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, y

VI.	Cualquier sujeto obligado distinto al Poder Ejecutivo Federal.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos, artículo 37.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
