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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos - Artículo 46

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación
- Capítulo III - Del Comité Técnico Consultivo de Archivos del Ejecutivo Federal

```text
Artículo 46. El secretario técnico del Comité tendrá a su cargo las siguientes atribuciones:

I.	Coordinar las actividades del Comité conforme a las instrucciones que reciba del Presidente;

II.	Elaborar, de acuerdo con las disposiciones jurídicas aplicables y en coordinación con los integrantes del Comité, el programa anual de trabajo, así como supervisar su cumplimiento;

III.	Integrar el Archivo del Comité;

IV.	Convocar, previo acuerdo del Presidente, a las sesiones plenarias y sectoriales, ordinarias y extraordinarias del Comité, así como remitir con cinco días de anticipación el acta de la sesión anterior, el orden del día, y en general, toda la documentación requerida para el trabajo del Comité;

V.	Apoyar y dar seguimiento al cumplimiento de los acuerdos del Comité en el ejercicio de sus funciones;

VI.	Coordinar y dar seguimiento a las actividades de las comisiones o grupos de trabajo que se integren por acuerdo del Comité;

VII.	Designar, dentro de los integrantes de las comisiones o grupos de trabajo a que se refiere la fracción anterior, un auxiliar para que lo apoye en las funciones establecidas en la fracción anterior, y

VIII.	Las demás que en el ámbito de sus funciones le sean expresamente encomendadas por el Presidente del Comité.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos, artículo 46.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
