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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos - Artículo 55

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- Título Quinto - De los órganos y mecanismos de coordinación
- Capítulo IV - Del Registro Nacional de Archivos Históricos

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Artículo 55. Los Archivos Históricos de las Dependencias y Entidades deberán mantener actualizados su directorio e instrumentos de consulta ante el Registro Nacional de Archivos Históricos, de conformidad con las disposiciones publicadas en el portal electrónico del Archivo General de la Nación en esta materia.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Archivos, artículo 55.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
