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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público"
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article_label: "Artículo 24"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público - Artículo 24

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO CUARTO - De la Administración de Bienes
- Capítulo Tercero - De la Utilización de Bienes

```text
Artículo 24.- Los bienes podrán ser utilizados por el SAE, los depositarios, administradores, liquidadores o interventores a que se refiere el artículo 1, cuarto párrafo de la Ley.

El SAE sólo podrá utilizar los bienes cuando ello sea necesario para el ejercicio de sus funciones.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, artículo 24.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAEBSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
