---
regulation_key: "Reg_LFAEBSP"
regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público"
kind: reglamento
content_level: regulation_article
article_key: "46"
article_label: "Artículo 46"
article_type: "ordinary"
parent_law_key: "LFAEBSP"
canonical_path: "/Reg_LFAEBSP/articulo/46/"
source: diputados
---

# REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público - Artículo 46

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - De los Procedimientos de Enajenación
- Capítulo Primero - De la Venta
- Sección Primera - De la Licitación Pública

```text
Artículo 46.- La garantía de seriedad a que se refiere el artículo 45, fracción X de la Ley se constituirá y, en su caso, se devolverá, de conformidad con las disposiciones establecidas por la Ley del Servicio de Tesorería de la Federación, en la forma y términos que se determinen en la convocatoria y en sus bases respectivas.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, artículo 46.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAEBSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
