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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público"
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article_label: "Artículo 47"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público - Artículo 47

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - De los Procedimientos de Enajenación
- Capítulo Primero - De la Venta
- Sección Primera - De la Licitación Pública

```text
Artículo 47.- Las personas interesadas en participar en la venta podrán visitar e inspeccionar los bienes con anticipación a la fecha de presentación de propuestas, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en las bases.

El SAE o el tercero especializado responsable de la venta facilitará la inspección de los bienes y coordinará las visitas que realicen los interesados en participar en el procedimiento de enajenación respectivo, de acuerdo a los términos que se establezcan en las bases.

Sin perjuicio de lo anterior, el SAE o el tercero especializado responsable de la enajenación deberá proteger en todo momento la secrecía que en su caso se deba de respetar, de conformidad con la legislación aplicable.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, artículo 47.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAEBSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
