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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público"
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article_label: "Artículo 55"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público - Artículo 55

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- TÍTULO SÉPTIMO - De los Procedimientos de Enajenación
- Capítulo Primero - De la Venta
- Sección Cuarta - De la Adjudicación Directa

```text
Artículo 55.- Para la venta de bienes mediante el procedimiento de adjudicación directa, el SAE emitirá, previo avalúo, un dictamen previo, a fin de acreditar, bajo su responsabilidad, que dicho procedimiento asegura las mejores condiciones para el Estado, conforme a lo establecido en el artículo 31 de la Ley, el cual deberá contener como mínimo lo siguiente:
Párrafo reformado DOF 29-11-2006

I.	Descripción de los bienes a enajenar;

II.	Precio base de la venta;

III.	Monto de la adjudicación;

IV.	Condiciones de la venta, y

V.	Motivación y fundamentación de la adjudicación directa.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, artículo 55.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAEBSP.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
