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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos - Artículo 17

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO II - De la Posesión

```text
ARTICULO 17.- Las autorizaciones para que los miembros de clubes o asociaciones deportivas de caza y tiro, posean armas, así como para colecciones o museos, serán expedidas si los interesados aceptan expresamente que permitirán inspecciones por representantes debidamente acreditados, cuando la Secretaría lo considere necesario.

Estas inspecciones se practicarán previa orden escrita de la Secretaría, en días y horas hábiles, y concretándose la diligencia estrictamente a la inspección de las armas, debiéndose levantar acta circunstanciada de lo anterior.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, artículo 17.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
