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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos"
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article_label: "Artículo 26"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos - Artículo 26

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO III - De la Portación

```text
ARTICULO 26.- En las solicitudes para la expedición de licencias particulares, se proporcionarán los siguientes datos:

I.- Nombre y apellidos (paterno y materno).

II.- Sexo.

III.- Edad.

IV.- Nacionalidad.

V.- Domicilio y tiempo de residencia.

VI.- Estado civil.

VII.- Profesión, oficio, empleo u ocupación.

VIII.- Zona donde desempeña sus actividades el interesado.

IX.- Grado de estudios, y

X.- Clase, sistema, modelo, calibre, marca y matrícula del arma que se desea portar, así como los datos de constancia de su registro.

Con la solicitud, se anexarán también los documentos mencionados en el artículo que precede, y dos retratos, de frente, tamaño "visita", sin sombrero, sobre fondo blanco y sin retoque.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, artículo 26.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
