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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos - Artículo QUINTO

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO XII - Disposiciones Complementarias

```text
ARTICULO QUINTO.- Las personas o negociaciones que operaron con permiso general para la fabricación, organización y comercio de armas, municiones, explosivos y substancias químicas relacionadas con estos últimos, deberán solicitar al Presidente de la República, por conducto de la Secretaría, la autorización respectiva, en los términos de los artículos 35, 42 y 46 de este Reglamento, según el caso.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, artículo quinto.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFAFE.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
