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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública"
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article_label: "Artículo 13"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública - Artículo 13

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO II
- Sección Primera - De los Exámenes de Aspirante y Definitivo

```text
ARTICULO 13.- Para la realización del examen definitivo el aspirante deberá presentar directamente ante la Secretaría, o a través del colegio de corredores local:

I.- Constancia que acredite su calidad de aspirante a corredor: 

II.- Constancia expedida por corredor o notario público en ejercicio que acredite una práctica mínima de un año, en la correduría o notaría a su cargo; y

III.- Solicitud para examen definitivo debidamente cumplimentada y firmada en la cual declare, bajo protesta de decir verdad, que los datos contenidos en ella son ciertos.

En su caso, el colegio de corredores correspondiente analizará la documentación presentada y la remitirá a la Secretaría dentro de los quince días siguientes, junto con las observaciones que considere pertinentes.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública, artículo 13.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 105.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
