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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública"
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article_label: "Artículo 67"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública - Artículo 67

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPITULO VII - De la Inspección y Vigilancia

```text
ARTICULO 67.- Las visitas de inspección se practicarán previa orden escrita, la cual deberá señalar:

I.- Nombre del corredor, su número y plaza de adscripción;

II.- Lugar y día en que deba tener lugar;

III.- Objeto de la visita;

IV.- Nombre del visitador o visitadores; y

V.- Nombre y firma del funcionario que la expida.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Correduría Pública, artículo 67.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra 105.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
