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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos"
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article_label: "Artículo 18"
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source: diputados
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# REGLAMENTO de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos - Artículo 18

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO SEXTO - De la Verificación

```text
Artículo 18.- La Secretaría de Comunicaciones y Transportes sólo podrá verificar el cumplimiento de las obligaciones previstas por la Ley, o que los sujetos se encuentran en el caso previsto en los artículos 7 de este Reglamento y 10 de la Ley, mediante visita que les practique en su domicilio.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal para el Control de Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales y Máquinas para Elaborar Cápsulas, Tabletas y/o Comprimidos, artículo 18.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFCPQ.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
