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regulation_title: "REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía"
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# REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía - Artículo 50

## Texto del artículo

Contexto estructural:
- CAPÍTULO VI - DE LA COMERCIALIZACIÓN

```text
Artículo 50. Al comercializarse las películas, cualquiera que sea su soporte, deberán tener impreso o en etiqueta adherida a éste o a la caja, cubierta o estuche, los siguientes datos:

I.	Clasificación, así como sus elementos de descripción;

II.	Número de la autorización de comercialización otorgado por la Dirección General, junto con el logotipo de ésta;

III.	La advertencia: “El titular de los derechos patrimoniales de la película contenida, solamente autoriza su uso privado y doméstico, exclusivamente en México. Los demás derechos quedan reservados. En consecuencia, queda estrictamente prohibida cualquier forma de utilización parcial o total. Queda también prohibida cualquier forma de exhibición pública o de explotación comercial que implique un lucro directo o indirecto, tales como canje, renta o venta, sin el consentimiento del titular de los derechos. La violación de cualquiera de estos derechos exclusivos del titular, constituye una transgresión a la Ley Federal del Derecho de Autor e implica responsabilidades para el infractor que pueden dar lugar a sanciones administrativas, civiles o penales”;

IV.	En el caso de las películas con clasificación “D”, deberá señalarse de manera destacada en letra dos puntos inferior a la del título en español:

a) 	“Prohibida su venta o renta a menores de 18 años” impreso en letras mayúsculas, y

b)	“Esta película muestra sexo explícito, lenguaje procaz, alto grado de violencia o presencia manifiesta de drogas”, según sea el caso, y

V.	Los datos básicos de la ficha técnica de la película serán cuando menos:

a)	Títulos en español y en idioma original;

b) 	Nombre del productor o productores;

c) 	Nombre, denominación o razón social de la productora o productoras principales;

d) 	Nombre del director;

e) 	Nombre de los intérpretes principales o, en su caso, mencionar que se trata de documental o película de dibujos animados;

f)	Año de producción;

g)	Duración en minutos;

h)	La indicación, en su caso, de estar subtitulada o doblada al español, y

i)	Nombre, denominación o razón social de la compañía distribuidora.
```

## Notas para agentes

- Citar como: REGLAMENTO de la Ley Federal de Cinematografía, artículo 50.
- Este contenido pertenece a un reglamento federal.
- Cuando el artículo diga "la Ley" sin otra ley explícita, resolver contra LFC.
- Para interpretación jurídica, verificar vigencia, reformas y criterios aplicables.
